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INFORMACIÓN GENERAL
¿Qué es el programa Branded de SUSTA?
El programa Branded de SUSTA es un programa de participación y adjudicación de fondos
que apoya la promoción de alimentos y productos agrícolas de marca privada
en mercados extranjeros. Las compañías que puedan optar al programa Branded
podrán obtener un reembolso de hasta el 50% de sus gastos de promoción
en mercados extranjeros que hayan sido aprobados. La financiación de este programa
proviene del Foreign Agricultural Service (FAS) del Departamento de Agricultura de EE.UU. (USDA).
¿Quién puede optar a recibir fondos en el marco del programa?
Solo pueden optar a participar en el programa MAP Branded las compañías que estén definidas como "pequeñas empresas" por la Administración Estadounidense de Pequeñas Empresas (SBA).
SUSTA trabaja con:
- Fabricantes <500 empleados
- Empacadores < 500 empleados
- Procesadores < 500 empleados
- Cooperativas agrícolas (sin límite)
- Agentes de exportación/Compañías comerciales < 100 empleados
- Mayoristas < 100 empleados
Además, las compañías deben:
- Tener razón social en EE.UU.
- Ofrecer un producto de marca con origen en la región o una entidad de la región que tiene origen agrícola estadounidense al menos en un 50% al peso
- Haber tenido unas ventas totales de US$100,000 o superior durante el año anterior
- Promocionar el producto como "Hecho en EE.UU.".
- Producir una cantidad suficiente como para suministrar a todos los compradores
- Pagar las promociones por adelantado
- Ser propietario o tener los derechos sobre el nombre de marca
- No recibir financiación de ningún otro grupo de promoción comercial estatal
o regional (SRTG) o cooperador en el mismo mercado.
¿Cuánto cuesta participar en el programa?
Todos los participantes en el programa deberán pagar las siguientes cuotas:
- Una cuota de solicitud no reembolsable de US$200.
- Una cuota administrativa equivalente al 6% de la financiación aprobada (por ejemplo, por US$10,000, una compañía que reciba la aprobación deberá abonar a SUSTA una cuota administrativa de US$600)
pagadera tras la concesión del contrato de programa Branded.
¿Cuáles son los montos máximo y mínimo solicitables por una compañía al programa?
El monto mínimo es de US$5.000 en total (US$1,000 por país).
Esto quiere decir que las compañías deben gastar US$10.000 en actividades
de promoción para obtener un reembolso de US$5,000 (un 50%) de parte de SUSTA.
El monto máximo solicitable por un participante es de US$250,000 por año de programa.
¿Cómo determino si de acuerdo con la definición de la SBA mi empresa califica como pequeña empresa?
Visite este enlace: www.sbaonline.sba.gov/size/indextableofsize.html.
Mi compañía no está suscrita a Dun & Bradstreet (D&B).
¿Qué podemos hacer?
No es necesario suscribirse a Dun & Bradstreet para obtener un informe.
Llame a su oficina de atención al cliente en el 1-800-333-0505 o visite el sitio Web www.dnb.com.
¿Quién es la persona de contacto en el Departamento de Agricultura de mi estado?
Consulte la página Web de SUSTA, www.susta.org, y haga clic en su estado para obtener una lista de contactos de mercadeo.
¿Qué tipo de productos son elegibles?
Cualquier producto agrícola de marca producido, cultivado o criado en los E.U., como por ejemplo:
- Vegetales frescos
- Productos Alimenticios de Alto Valor
- Aperitivos
- Condimentos y salsas
- Alimentos de especialidad
- Bebidas
- Acuicultura
- Algunos productos derivados de la madera
- Cueros y pieles
- Alimentos para animales de compañía
- Horticultura ornamental
- Nuevo Programa Piloto: Productos agrícolas no-durables -
construcción, salud, combustibles/energía
Todos los productos deben:
- Tener origen agrícola estadounidense al menos en un 50% (sin incluir embalaje ni agua añadida)
- Tener un nombre de marca
- Ser promocionado como "Producto de EE.UU.", "Cultivado en EE.UU.", "Producto de Luisiana", etc.
¿Qué productos NO pueden optar?
Los productos promocionados por el programa deberán ser
al menos un 50% de origen agrícola estadounidense (al peso), sin incluir agua añadida ni embalaje.
Los productos deberán adherirse a las reglamentaciones enumeradas a continuación.
Los productos que no lo hagan no podrán optar a participar en el programa.
- Productos con un origen que sea estadounidense en menos del 50%
- Productos no etiquetados como "Producto de EE.UU.".
- Productos ya cubiertos por un proyecto de cooperación del Departamento de Agricultura u otro programa de incentivo a la exportación nacional o estatal
- Productos no enumerados en la solicitud al programa
- Productos de marca cuya comercialización en el mercado objetivo no cuente con el permiso del propietario de la marca para el mercado objetivo.
- Un producto de marca ya cubierto en otro país por otro compañía MAP Branded
- Productos competencia del Departamento de Comercio, como zapatos, maquinaria, productos textiles, etc.
¿Qué tipos de actividades reúnen los requisitos?
Muchas actividades de promoción y mercadeo directos pueden optar al programa, entre ellas:
- Publicidad y relaciones públicas
(deberá haber referencias claras al nombre de marca y el origen estadounidense del producto)
- Muestras del producto, comerciales o para consumidores
- Muestras y degustaciones en establecimientos
- Gastos derivados de muestras comerciales internacionales
(incluye la construcción del puesto, las cuotas de participación,
desplazamiento fuera de EE.UU., transporte, costos de renta y organización, etc.)
- Algunos gastos correspondientes a muestras comerciales nacionales,
siempre que no se haya participado en dicha muestra en los últimos 3 años
(incluye las cuotas de participación, transporte, gastos de renta y organización, etc.)
Tenga en cuenta que los costos de desplazamiento dentro del país no son reembolsables.
- Documentación sobre el producto y materiales para el punto de venta
(deberá haber referencias claras al nombre de marca y el origen estadounidense del producto)
- Modificación de embalajes y etiquetas existentes (siempre que sea necesario modificarlos
para cumplir con posibles requisitos de gobiernos de otros países)
- Costos de transporte para muestras
- Obsequios promocionales (bien US$1 por artículo, bien el 50% del costo,
lo que suponga un monto menor)
¿Qué tipos de actividades no reúnen los requisitos?
Los gastos que en general son considerados como
derivados de la actividad empresarial no pueden optar a reembolso. Esto incluye, entre otros:
- Promociones y materiales impresos que no refieran el "Hecho en EE.UU."
- Desarrollo, modificación e investigación de productos
- Todos los costos de desplazamientos fuera de EE.UU.
que no se adhieran a los requisitos señalados para los gastos de desplazamientos
internacionales a muestras comerciales en otros países,
en virtud de las líneas generales descritas en el Manual del programa Branded.
- Todos los costos derivados del diseño y producción del embalaje y etiquetado nuevos
- El costo de las muestras de producto
- Investigación de mercado y tarifas de consultoras
- Salarios y gastos fijos y administrativos
- Cuotas de participación y licencia y demás gastos comerciales similares
- Gastos de capital (adquisición de cualquier artículo con vida de uso mayor de un año)
- Servicios de traducción no relacionados con actividades de promoción
(correspondencia, reuniones de ventas, etc.)
- Desarrollo de sitios Web
- Documentación general de la compañía que no incluya información promocional sobre el producto
RECLAMACIÓN DE GASTOS Y REEMBOLSOS
¿Qué requisitos debo cumplir para obtener un reembolso en el marco del programa?
En primer lugar, únicamente algunas actividades pueden optar a reembolso en el marco del programa Branded
(consulte "¿Qué tipo de actividades reúnen los requisitos?", más arriba).
SUSTA no podrá reembolsarle por sus actividades si éstas no cumplen con los requisitos.
Además, para poder optar a reembolso, sus actividades deberán:
- Etiquetar de manera clara producto y material impreso de ventas con el nombre
de la marca e identificar el origen de la mercancía agrícola con una de las siguientes
referencias: "Producto de EE.UU.", "Cultivado en EE.UU." o "Hecho en EE.UU.".
La referencia a EE.UU. o uno de los estados de la unión no satisface este requisito.
- Estar incluido en el plan de mercadeo preaprobado para el país
donde se llevará a cabo la actividad
(Parte 3 de la solicitud del programa Branded)
- Tener lugar después de la "fecha de aprobación"
documentada y antes de final del año fiscal (30 de septiembre)
- Cumplir con toda la reglamentación federal de viajes,
en caso de que desee reclamar un reembolso por desplazamientos
internacionales a muestras comerciales en otros países
- Cumplir con cualesquier otras reglas y reglamentos
de cumplimiento obligados para según qué tipos de actividades
¿Cuándo reciben los fondos adjudicados las compañías
que participan en el programa?
Se financiará a las compañías con un reembolso del 50% de los costos correspondientes,
sólo en el momento en que su actividad promocional preaprobada haya sido completada
y SUSTA reciba y procese la reclamación de reembolso conjuntamente con la documentación
de apoyo requerida.
¿Cuánto tiempo tiene una empresa para invertir los fondos asignados?
La financiación concedida en el marco del programa Branded se adjudica con referencia al año fiscal
(del 1 de octubre al 30 de septiembre).
Si una compañía presenta una solicitud antes de la fecha límite prioritaria
del 1 de julio, recibirán una aprobación documentada antes
del 1 de octubre y contarán con 12 meses para llevar a cabo actividades
de mercadeo que impliquen el gasto de los fondos adjudicados.
Si la compañía presenta la solicitud después de la fecha límite
prioritaria del 1 de julio, podrán optar a comenzar a gastar la adjudicación
tras a fecha de aprobación documentada. Las actividades llevadas a cabo antes
de la "fecha oficial de aprobación" de la compañía para dicha actividad
no podrán ser reembolsadas en ninguna circunstancia.
¿Cuánto tiempo pasa antes de obtenerse el reembolso
para un gasto que opta al mismo?
SUSTA recibe cientos de reclamaciones de reembolso al año.
Sugerimos que envíe su reclamación en el plazo de los 60 días posteriores a la actividad
realizada. Las solicitudes son procesadas según orden de llegada.
Como norma general, cuando no es necesaria ninguna información adicional,
usted será reembolsado en 15 días.
(Contando el tiempo que le toma a SUSTA solicitar y recibir del FAS
la financiación para su compañía.)
Si necesitáramos información adicional para procesar su solicitud,
le informaremos de inmediato. En estos casos, el tiempo que tarde
en llegar su reembolso dependerá únicamente de que usted pueda o no proporcionar
la información/documentación adicional requerida.
Cuanto antes envíe la información adicional, antes recibirá el reembolso.
En caso de que necesitáramos información adicional para procesar
su solicitud de reembolso, es posible que el proceso lleve más de 30 días.
¿Cuántos años puedo participar en el programa?
No existe un límite de años de participación.
No obstante, usted sólo podrá utilizar la financiación (recibir el reembolso)
durante un máximo de cinco años en cada país (incluido EE.UU.).
¿Pueden representantes/agentes de otros países obtener
reembolso por gastos?
Sí, pero no directamente. El participante en el programa Branded
deberá pagar en primer lugar a su agente o representante extranjero
antes de enviar los gastos que optan a SUSTA para obtener
un reembolso del 50% del costo.
Si acudo a una muestra comercial como ANUGA,
¿por qué tengo que hacer un plan de mercadeo para Alemania?
No vendo nada en Alemania, todos mis clientes están en España.
Sólo voy a la muestra para reunirme con ellos.
¿No debería hacer el plan para España?
El programa Branded es específico a un país concreto y solo
es reembolsable de esa manera. ANUGA se celebra en Alemania
de modo que si la compañía quiere obtener un reembolso,
deberá enumerar Alemania como uno de los mercados incluidos
en su solicitud de participación en el programa.
¿Puede el programa reembolsar a mi compañía
por los costos de embalaje y etiquetado?
Sí, el programa puede reembolsar el coste del diseño y la impresión
de las etiquetas que deban cambiar para cumplir con la normativa
de los países importadores. Esto quiere decir que su producto deberá
contar con etiquetas previamente. Éste es un gasto reembolsable una sola vez,
a menos que los requisitos de etiquetado del país importador cambien de nuevo.
No. El programa no puede reembolsar las etiquetas de nuevos productos,
reimpresiones de etiquetas o el costo de envío de la solicitud
a un gobierno de otro país (p.ej., el proceso de Constancia de México).
NOTA: Sus etiquetas y embalajes de productos comercializados a nivel nacional
deberán ya contener una referencia al origen estadounidense del producto
para que SUSTA puede aprobar su solicitud de los cambios que requiera el país importador.
¿Puede el programa cubrir los costes de un viaje a otro país?
Depende.
Sí, el programa puede cubrir los gastos de viaje para hasta dos empleados
de la compañía que vayan a realizar promoción en una muestra comercial internacional.
No, el programa no podrá cubrir gastos de viaje a reuniones de trabajo,
muestras a nivel nacional, seminarios empresariales o para simplemente
visitar una muestra comercial internacional.
¿Puedo obtener un reembolso de los gastos de viaje internacional
si uso un billete electrónico (e-ticket)?
El FAS permite el reembolso del viaje con billete electrónico si las personas
que viajan pueden documentar los costos de CADA tramo de vuelo,
incluidos los códigos de ruta completos y el monto de la tarifa.
En otras palabras, el itinerario cubierto por el billete
electrónico DEBE incluir:
- Códigos de ruta completos (es decir, escalas e información
de vuelo para cada tramo del viaje en que se cambie de vuelo o destino) y
- El monto de la tarifa cobrada (es decir, el costo total del viaje)
Son reembolsables los costos razonables cobrados por la agencia de viajes
u otra entidad emisora del billete para la obtención de esta información.
¿Qué ocurre si cambio mi billete de clase turista
a business o primera clase?
Si usted viaja en clase business o primera clase en cualquier o todos de los tramos,
deberá poder documentar cuáles habrían sido las tarifas completas
para clase turista en CADA uno de los tramos en el momento de la reserva.
Si el viaje es un vuelo de ida y vuelta convencional,
consultar sitios Web como Travelocity.com o Expedia.com
y utilizar la información proporcionada en ellos como documentación.
Esta información será necesaria para determinar qué tramos
del viaje pueden optar a reembolso.
¿Por qué es necesario informar al FAS del país de destino?
Es normativa federal que las personas que viajan y vayan a recibir
un reembolso en el marco del programa MAP Branded deben informar
a la oficina del FAS. Esto también le dará la oportunidad de presentar
su compañía a los funcionarios de comercio agrícola (Agricultural Trade Officers, ATO)
del Departamento de Agricultura, que podrán asistirle en sus propósitos.
Los funcionarios le podrán asimismo proporcionar información sobre los mercados
y le ayudarán a concertar reuniones con compradores potenciales.
Si les conceden un tiempo de acción suficiente, podrán disponer
reuniones que coincidan con la muestra comercial.
¿Puedo obtener un reembolso por el viaje
y las actividades realizadas en la muestra comercial sin haber notificado
a la oficina del FAS?
NO. Deberá obligatoriamente enviar un fax o mensaje de correo electrónico
con el Formulario de Notificación Posterior (Post Notification Form)
preferentemente 45 días antes de su salida, pero en cualquier caso
siempre antes de partir para el país de destino. Conserve la hoja
de confirmación de envío del fax o imprima su mensaje de correo electrónico
y envíelos junto con el Formulario de Reembolso de Gastos de Viaje.
Si el grupo de gente que va a viajar
se ve modificado, ¿es necesario informar a la oficina del FAS
sobre los nuevos viajeros?
Sí. Deberá enviar la hoja de confirmación de envío actualizada
junto con su Formulario de Reembolso de Gastos de viaje.
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